Pero Sí, hay que hacerlo, porque también en el tema de la nacionalidad los saharauis padecen una situación impuesta por hechos consumados y por enrevesadas resoluciones diversas que les llevan a encontrarse con que no tengan derecho a nacionalidad alguna.
Los saharauis estaban en un territorio bajo soberanía española, una colonia como las de otros países europeos, como lo eran Guinea Ecuatorial y, no mucho antes, Filipinas. Las personas que nacían y vivían en el Sáhara tenían un DNI español, en su caso podían obtener un pasaporte para viajar a otros países. Muchos conservan cuidadosamente el documento, su documento de identidad de entonces, así que seguir siendo identificados como españoles no debería requerir más que acudir a una comisaría y renovarlo. Algún caso hubo hace años que pudo hacerlo, a veces con un trámite adicional de re-verificación de las huellas dactilares. Nadie había planteado dudas al respecto antes de 1976, personas nacidas en el Sáhara fueron trabajadores, funcionarios, militares, estudiantes desde primaria hasta la universidad y… procuradores en las Cortes franquistas.
El Estado Español, al igual que había hecho en Guinea Ecuatorial, se comprometió con Naciones Unidas a dar los pasos para la descolonización del Sáhara convocando, de acuerdo con lo previsto en la Carta de Naciones Unidas, el correspondiente referéndum de autodeterminación anunciado para 1975. Pero Franco se moría y Marruecos decidió ocupar el Sáhara, lanzó la Marcha Verde, tropas parapetadas detrás de civiles, el 6 de noviembre de 1975 y el 14 de noviembre, en la Declaración de Madrid, el Estado Español entrega el territorio con los que en él vivían a Marruecos y Mauritania.
Jurídicamente la demencialidad de la situación se refleja en la Ley 40/1975 de 19 de noviembre, la víspera de la muerte de Franco y después de salir toda administración española, “sobre descolonización del Sáhara” porque, dice su exposición de motivos, “Próximo a culminar el proceso de descolonización de dicho territorio, de conformidad con lo establecido en la Carta de las Naciones Unidas” “Se autoriza al Gobierno para que realice los actos y adopte las medidas que sean precisas para llevar a cabo la descolonización del territorio no autónomo del Sáhara, salvaguardando los intereses españoles. El Gobierno dará cuenta razonada de todo ello a las Cortes”.
De la nacionalidad no se dice nada, pero el 10 de agosto de 1976 se publica el Decreto 2258/1976 sobre opción de la nacionalidad española por parte de los naturales del Sáhara. La propia norma dice que las autoridades españolas ya no están en el territorio del Sáhara, la población en su mayoría ha huido ante los invasores, a través del desierto más inhóspito bombardeada con fósforo y acaba encontrando refugio en el desierto argelino. El Tribunal Supremo (Sentencia de 28 de octubre de 1998) dirá que el Decreto sería nulo porque su rango es insuficiente para regular el tema de la nacionalidad, pero que, sobre todo, es inaplicable al ser de cumplimiento imposible por las personas, los saharauis a quien va dirigido, dado que no tienen posibilidad alguna de comparecer ante las autoridades españolas. Por supuesto además el Decreto se incluye a sí mismo como parte de un proceso de descolonización que seguirá paralizado hasta el día de hoy.
El Derecho Internacional dice que el Sáhara Occidental es un territorio no autónomo, pendiente de descolonización (así se presenta año a año en Naciones Unidas), ha sido ocupado militarmente y esas normas dicen que no se puede obligar a la población a aceptar la nacionalidad del ocupante, Argelia da acogida a las personas refugiadas, pero tampoco les da la nacionalidad.
Es al Estado Español a quién corresponde reparar esta situación a la que se ha llegado a base de no asumir sus obligaciones ante los miles de saharauis abandonados, no una vez, sino repetidamente durante los cincuenta años de descolonización inconclusa
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